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viernes, 6 de mayo de 2011

Gaia se revela

Solo un aviso



Los trágicos y lamentables sucesos en Japón me impulsaron a escribir, no porque lo que tenga que decir sirva para algo, en este desastre global que nos toca vivir, creo simplemente que lo que sigue es una intima reflexión sobre nuestro comportamiento y las respuestas que nuestro planeta nos está dando.


Sí, creo que el terremoto que, desde hacía 140 años no se producía, y el posterior Tsunami que arrasó con el sufrido territorio de la Isla de Japón, es un trágico aviso del planeta para advertirnos de todo aquello que hemos hecho mal.
No es contra el pueblo del imperio del sol naciente en particular, por el contrario se dio en ese lugar por ser una zona de permanentes cambios geológicos, como ya los expertos saben.
Podría haber ocurrido en el Pacífico en la falla de San Andrés, en las costas Norteamericanas, o en la gran fosa abismal del Océano Atlántico donde la inexperiencia de los pobladores continentales hubiera convertido este fenómeno en un verdadero Apocalipsis, como titularon algunos lo sucedido en Japón.
La educación, cultura y experiencia ante estos fenómenos fue aquello que atenuó la tragedia y le permitió al Japón sobrevivir, aún con la enorme perdida en vidas humanas y en su economía, que aún no ha sido debidamente justipreciada.
Si Gaia determinaba que el sitio fuera cualquiera de los expuesto, en lugar de Japón, la tragedia se hubiera cuantificado exponencialmente.
El hecho de que dos sucesos, terremoto escala 8,9 y posterior Tsunami, dieran una cruel demostración de lo terrible que la naturaleza puede mostrarse, dejó a los expertos en centrales nucleares y en particular a quienes tienen la particular tarea de enfriar la permanente reacción nuclear que se produce en el reactor, asombrados, desprotegidos y expuestos al desastre.
El enfriamiento forzado, por inyección de agua libre de impurezas, fue ineficiente debido al corte de energía, inmediatamente posterior al terremoto, que plantó las bombas, dejando sin agua el sistema.
El posterior ingreso de agua de mar, producto del Tsunami, proveyó de una refrigeración totalmente inadecuada, agua totalmente contaminada, sucia que no solamente crea una reacción adversa en el reactor, de nefastas consecuencias inmediatas para los seres humanos y el medio ambiente, sino que lo dejara inservible para siempre.
Aún están flotando los fantasmas del pasado ante nuestras retinas y en nuestros corazones, Chernovyl es aún, un cementerio que nos recordaba la estupidez humana pero no fue suficiente, corregimos errores pero cometimos otros, y seguimos adelante sin darnos cuenta de nuestra equivocación.
Lo ocurrido es asumido como una tragedia que sufrió el pueblo japonés pero que nos afecta  a todos y por supuesto, somos todos culpables.
No es tomado como una advertencia trágica de lo que podría suceder y esto es lo que me preocupa.
Los hombres en nuestra soberbia creemos que somos capaces de todo, pero el precio que pagamos por este error es muy alto, aún cuando creo no haberlo visto todo.
Es posible que en esta trágica experiencia se encuentren las respuestas para varios de los errores cometidos en la isla por parte de los responsables de las centrales nucleares.
¿Capitalizarán estas respuestas para actuar en consecuencia en forma inmediata o seguirán actuando desaprensivamente, como hasta ahora?
Es el repetitivo uso de la energía nuclear un mal menor, como dicen sus defensores, aún cuando acabamos de sufrir la trágica advertencia de Japón, frente a otros sistemas más contaminantes o peligrosos.
Contrariamente a lo que expresan los impulsores de su uso ningún sistema, aún el más contaminante o peligroso, en el momento de su instalación o explotación, deja residuos o desechos que perduran durante miles de años con la misma peligrosidad que aquella que tenía en su manifestación más pura.
Esta peligrosidad manifiesta deja, (la del uso de la energía atómica), el problema grave de la reposición de los desechos tóxicos que comprometerá el territorio que lo contenga, aún cuando se hayan utilizado las máximas precauciones en los contenedores de los desechos o estos se encuentren depositados en terrenos graníticos supuestamente seguros.
Lo ocurrido en Japón me otorga la razón y pretendo responder con esto a quienes refutan las advertencias planteadas por los ecologistas, yo no lo soy, simplemente me considero un ciudadano preocupado por el devenir del mundo.

Leyes endebles

La Ley hace la trampa


El poder legislativo es, para el pueblo, el simple ciudadano, el ámbito en el que se reúnen sus representantes para elaborar, tratar y aprobar leyes que les traerán mayor bienestar en el territorio nacional.
Se supone que las leyes tratadas en la Cámara Baja, Diputados, o Alta, Senadores, responderían a las necesidades de la población.
La búsqueda de consenso responde a diversos intereses sectoriales o políticos, a los cuales no son ajenos los representantes políticos de la sociedad global.

Ruben A. Spaggiari para fps/D21 y la Web.


Las respectivas leyes, aprobadas en ambas Cámaras, deberán luego ser reglamentadas para su genuina implementación para que, los deberes o derechos de ellas surgidas, puedan ser puestos en marcha por los respectivos estamentos gubernamentales o judiciales de la Nación.
Las leyes así surgidas han sido, se supone,  debidamente tratadas en las respectivas Cámaras, tanto por los bloques oficialistas, aquellos que responden al poder ejecutivo, gobierno o administración de turno, o la oposición, aquellos que se oponen a él.
La norma surgida a estas instancias debería tener la aprobación de todos los estamentos del poder político y no demorarse más en su pronta reglamentación para su puesta en marcha, tampoco debería esperarse su reglamentación para proceder a modificar, mediante artilugios políticos, el espíritu de la norma que surgiera con el consenso de los representantes del pueblo.
Sin embargo las administraciones políticas siempre han incurrido en esta falta grave, pero subjetivamente legal, que autoriza al Presidente de la Nación a introducir variantes en una norma Cap. III Art.99 Inc. 1,2 y 3, siempre y cuando éstas, las modificaciones, no incurran en la alteración del espíritu de la Ley.
¿Por qué digo subjetivamente legal ? Simplemente porque cada administración aduciendo razones de “... circunstancias excepcionales ...” y por “.. Razones de necesidad y urgencia...” factores previstos en el Cap.III, Inc. 3 párrafo tercero de nuestra Constitución Nacional, de un tiempo a esta parte ha venido modificando leyes que no han sabido defender debidamente en las deliberaciones de las respectivas Cámaras.
Ya sea por carencia de argumentaciones válidas o falta del poder político necesario para imponer su criterio propio han debido recurrir en los instantes de la reglamentación a las “Excepciones Reglamentarias” adoptando una subjetividad manifiesta al momento de interpretar y aplicar las prerrogativas que nuestra Constitución Nacional otorga a la figura del Presidente de la Nación.
Asimismo y con supina mala intención se ignora lo expresamente impreso en nuestra Carta Magna cuando no aclara en el Cap.III, Art. 99, Ic. 2 y 3 Cuando dice: (Inc.2) “ Expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la acción, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias.”
(Inc.3) El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo.
Sin embargo contraviniendo lo expresado en el Inc.3 el ejecutivo a reglamentado y modificado la Ley 23.302 mediante el Decreto Reglamentario de la Ley 23.302 N° 155/89 publicado en el Boletín Oficial el 17 de febrero de 1989.
Con ese decreto no sólo se tergiversó el espíritu de la Ley que en su Art. 5° establecía para el INAI una genuina conducción indígena y un asesoramiento por parte de los representantes de los organismos oficiales de competencia sino que se creó una estructura burocrática en la que los indígenas quedan como meros espectadores.
En razón de esta actitud inconsulta, antojadiza y extemporánea emanada del Ejecutivo Nacional la Asociación Indígena de la República Argentina, AIRA entabla un juicio contra el Estado Nacional que tiene resolución favorable en 1°, 2° y 3° instancia fallos que intimaron al Estado a regresar a foja cero todo lo actuado, incluyendo la puesta en marcha del INAI en esas condiciones, imponiéndole una multa diaria por el tiempo en que el Estado incurriera en incumplimiento de dicho fallo.
Al día de la fecha el Estado nacional ha hecho oídos sordos al fallo judicial mientras los atropellos contra los pueblos indígenas siguen estando a la orden del día.
Esta burla política se intenta repetir ahora con la Ley que regula la actividad de la medicina pre-paga y por lo que vemos seguirá siendo una herramienta de poder en manos de quienes no tienen escrúpulos en interpretar las leyes a su antojo y torcer así la voluntad popular.
Si existe una ley que fuera genuinamente gestada por quienes serían sus beneficiarios, esa es la ley 23.302 que se aprobó en el Congreso Nacional y no la que surgió del decreto reglamentario 155/89.